PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
Referencias
Animal Político. (2013). Presentan las 5 metas del Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018. 31 de Octubre de 2015, de Animal Político Sitio web: http://www.animalpolitico.com/2013/05/publican-plan-nacional-de-desarrollo-2013-2018/
Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos. (2013). PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2013-2018. 31 de octubre de 2015, de Diario Oficial de la Federación Sitio web: http://www.dof.gob.mx/nota_detalle_popup.php?codigo=5299465
Este blogg tiene como finalidad recuperar las evidencias de aprendizaje del curso de salud pública.
sábado, 31 de octubre de 2015
Organismos Internacionales de Salud
Organismos Internacionales de Salud
Referencias
Organización de las Naciones Unidas. (2000). Temas Mundiales: Salud.. 31 de Octubre de 2015, de Universidad de Salamanca Sitio web: http://www.cva.itesm.mx/biblioteca/pagina_con_formato_version_oct/apaweb.html
domingo, 4 de octubre de 2015
OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO
OBJETIVOS DE DESARROLLO DEL MILENIO
La
Declaración del Milenio fue aprobada por 189 países y firmada por 147 jefes de
estado y de gobierno en la Cumbre del Milenio de las Naciones Unidas celebrada
en septiembre de 2000. Los Objetivos de desarrollo del Milenio (ODM), ocho
ambiciosos objetivos que se intenta alcanzar para 2015, se basan directamente
en las actividades y metas incluidas en la Declaración del Milenio.
- Objetivo 1: Erradicar la pobreza extrema y el hambre
- Objetivo 2: Lograr la enseñanza primaria universal
- Objetivo 3: Promover la igualdad entre los géneros y la
autonomía de la mujer
- Objetivo 4: Reducir la mortalidad infantil
- Objetivo 5: Mejorar la salud materna
- Objetivo 6: Combatir el VIH/SIDA, el paludismo y otras
enfermedades
- Objetivo 7: Garantizar la sostenibilidad del medio ambiente
- Objetivo 8: Fomentar una asociación mundial para el
desarrollo
OBJETIVOS DEL MILENIO EN CUANTO A SALUD
ODM 1: Erradicar la pobreza
extrema y el hambre
Meta 1.C.
Reducir a la mitad, entre 1990 y 2015, el porcentaje de personas que padecen hambre
ODM 4: Reducir la mortalidad
de los menores de 5 años
Meta 4.A.
Reducir en dos terceras partes, entre 1990 y 2015, la tasa de mortalidad de los
menores de 5 años
A
nivel mundial se han logrado importantes avances en la reducción de la
mortalidad de los menores de 5 años. En 2013 murieron 6,3 millones de menores
de 5 años, en comparación con 12,7 millones en 1990. Entre 1990 y 2013, la
mortalidad de los menores de 5 años disminuyó en un 49%, pasando de una tasa
estimada de 90 a 48 muertes por cada 1000 nacidos vivos.
ODM 5: Mejorar la salud
materna
Meta 5.A.
Reducir en tres cuartas partes la razón de mortalidad materna entre 1990 y 2015
Meta 5.B.
Lograr, para 2015, el acceso universal a la salud reproductiva
Pese
a una reducción significativa del número de muertes maternas (de una cifra
estimada de 523 000 en 1990 a 289 000 en 2013), el ritmo de esa disminución es
de poco más de la mitad de la necesaria para alcanzar la meta de los ODM de
reducir en tres cuartas partes la razón de mortalidad materna entre 1990 y
2015. Para reducir el número de muertes maternas, las mujeres necesitan tener
acceso a una atención de la salud reproductiva de buena calidad y a
intervenciones eficaces
ODM 6: Combatir el VIH/SIDA,
la malaria y otras enfermedades
Meta 6A. Haber
detenido y comenzado a reducir la propagación del VIH/SIDA en 2015
Meta 6B.
Lograr, para 2010, el acceso universal al tratamiento del VIH/SIDA de todas las
personas que lo necesiten
VIH
Se
calcula que en 2013 hubo 2,1 millones de nuevas infecciones por el VIH, lo que
supone un descenso con relación a los 3,4 millones de 2001. A finales de 2013
unos 12,9 millones de personas recibían terapia antirretroviral (ART) en todo
el mundo. De esas personas, 11,7 millones vivían en países de ingresos bajos y medianos,
lo que representa el 36% de los aproximadamente 32,6 millones de personas
afectadas por el VIH en esos países. Si se mantienen las tendencias actuales la
meta consistente en administrar tratamiento antirretroviral a 15 millones de
personas para el fin de este año se habrá superado.
Meta 6C.
Haber detenido y comenzado a reducir, en 2015, la incidencia de la malaria,
tuberculosis y otras enfermedades
graves.
Malaria
Aproximadamente
la mitad de la población mundial corre el riesgo de contraer la malaria, y se
calcula que en 2013 hubo 198 millones de casos, 584 000 de ellos mortales; la
mayoría de esas muertes se produjeron en niños africanos de menos de 5 años.
Tuberculosis
A
escala global, el número de nuevos casos de tuberculosis registrados cada año
ha ido disminuyendo lentamente durante un decenio, se pretende reducir la
propagación de la enfermedad al finalizar 2015. Se estima que en 2013 se
produjeron 8,9 millones de nuevos casos y 1,5 millones de defunciones
(incluidas 360 000 defunciones de personas VIH positivo).
Otras
enfermedades
La
meta 4C también engloba las enfermedades tropicales desatendidas, un grupo de
enfermedades infecciosas muy variado desde un punto de vista médico, provocadas
por toda una variedad de agentes patógenos
ODM 7: Garantizar la
sostenibilidad del medio ambiente
Meta 7C:
Reducir a la mitad, para 2015, la proporción de personas sin acceso sostenible
al agua potable y a servicios básicos de saneamiento
El
mundo ha alcanzado la meta de los ODM relativa al acceso al agua potable. En
2012, el 90% de la población disponía de fuentes mejoradas de agua de bebida,
en comparación con el 76% en 1990. Sin embargo, los progresos han sido
desiguales en las diferentes regiones, entre las zonas urbanas y rurales, y
entre ricos y pobres.
En
cuanto al saneamiento básico, el ritmo actual de los progresos es demasiado
lento para que se alcance la meta de los ODM a nivel mundial. En 2012, 2500
millones de personas no tenían acceso a instalaciones de saneamiento mejoradas,
y 1000 millones de estas personas todavía practican la defecación al aire
libre.
ODM 8: fomentar una alianza
mundial para el desarrollo
Meta 8 E. En
cooperación con las empresas farmacéuticas, proporcionar acceso a los
medicamentos esenciales asequibles en los países en desarrollo
Muchas
personas siguen sufriendo una escasez de medicamentos en el sector público que
les obliga a acudir al sector privado, donde los precios pueden ser mucho
mayores. Las encuestas realizadas entre 2007 y 2013 revelan que la
disponibilidad media de determinados medicamentos genéricos en el sector
público de 21 países de ingresos bajos y medianos era de tan sólo un 55%.
Incluso
con los genéricos de menor precio, hay tratamientos comunes que pueden estar
fuera del alcance de los hogares con bajos ingresos de los países en
desarrollo. El mayor precio lo pagan los pacientes con enfermedades crónicas.
Existen tratamientos eficaces para la mayoría de la carga mundial de morbilidad
crónica, pero sigue sin alcanzarse el acceso universal.
Referencias
1.3 ORGANISMOS INTERNACIONALES DE SALUD
1.3 ORGANISMOS INTERNACIONALES DE SALUD
ORGANISMOS INTERNACIONALES DE SALUD
La
salud pública nacional tiene una estrecha relación con los lineamientos
internacionales de salud propuestos por la Organización de las Naciones Unidas
y sus diferentes organismos encargados de promover la salud y el bienestar en
el mundo. Los más destacables son:
·
La
Organización Mundial de la Salud(OMS): Es la encargada de desempeñar una función de liderazgo en
materia sanitaria en el mundo, programa la agenda de las investigaciones en
salud, dar apoyo técnico a los países, establecer normas y vigilar las
tendencias sanitarias mundiales
·
Organización
Panamericana de Salud (OPS): Es un organismo internacional de salud pública dedicado a
mejorar la salud y las condiciones de vida de los pueblos de América.
·
Organización para la Cooperación y Desarrollo Económicos (OCDE): Desde una perspectiva integral de la salud la OCDE funge como indicadora
de datos económicos que permiten hacer estimaciones sobre la administración de
recursos de los países en el ámbito social y su desarrollo.
·
Organización
de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación, (Food and Agriculture
Organization por sus siglas en Inglés,
FAO): Se refiere a la satisfacción fundamental de las
necesidades y los derechos humanos, el acceso a alimentos necesarios, así como
al sector concerniente a la agricultura,
la actividad forestal y la pesca.
10 PRIMERAS CAUSAS DE MORTALIDAD EN EL
MUNDO Y ESTRATEGIAS DE LAS ORGANIZACIONES INTERNACIONALES.
CONAPRA presentó los datos con las 10
enfermedades que causaron más fallecimientos en el país en 2013.
1. Diabetes
mellitus: Esta condición metabólica afecta a los órganos y tejidos y
en casos agudos o crónicos en quienes no toman las precauciones necesarias
puede llevar a la muerte. Este trastorno se encuentra entre las primeras 10
causas de muerte del mundo según la Organización Mundial de la Salud (OMS)y en
México cobró la vida de 80.788 personas, el 24.7% de los fallecimientos en el
país.
2.
Enfermedades del corazón: Las enfermedades cardíacas en general se
asocian a trastornos en el corazón
y los vasos sanguíneos y las más comunes son los infartos, los
problemas en las arterias por exceso de colesterol en la sangre, las anginas y
los soplos cardíacos. En México representaron el 21.70% del total de los
fallecimientos.
3. Enfermedades
cerebrovasculares: Responsables del 9.55% de las muertes en el
país y cobrando 31.235 vidas, estas enfermedades afectan el flujo de sangre al
cerebro y su principal factor de riesgo es la hipertensión.
4. Cirrosis
y otras enfermedades hepáticas: El hígado es el órgano más
grande del cuerpo y uno de los más importantes por la multitud de funciones que
realiza. Existen muchas afecciones al hígado, algunas causadas por virus como
la hepatitis, otras nacen a partir de la ingesta de venenos, toxinas,
medicamentos o alcohol. En México en 2013 éstas generaron el 8.68% de las
muertes.
5. Enfermedad
pulmonar: Esta afección se asocia principalmente al tabaquismo, que
anualmente mata a 6 millones de mexicanos. En 2013 el 6.91% de los
fallecimientos del país fue a causa de las enfermedades pulmonares.
6. Hipertensión:
La
hipertensión mata a 9.4 millones de personas por año en el mundo, genera el 45%
de los ataques al corazón y el 51% de los derrames cerebrales, según la OMS. De
acuerdo a la Encuesta Nacional de Salud y Nutrición 2012 en México hay 22.4
millones de adultos mayores de 20 años con hipertensión y en 2013 generó el
5.79% de las muertes.
7. Enfermedades
respiratorias: Estas enfermedades, presentes en 4.2 millones
de personas en el mundo fueron responsables del 5.01% de los fallecimientos en
México.
8. Nefrosis:
Este
trastorno es el resultado del síndrome nefrótico y la nefritis experimentados
de manera simultánea y causó en 2013 el 4.24% de muertes en el país.
9. Nefritis:
Esta
enfermedad genera la inflamación de los riñones a raíz de infecciones,
enfermedades autoinmunes o toxinas.
10. VIH: El
Programa de la Organización Mundial de la Salud (ONUSIDA) asegura que por cada
minuto se infectan 9 personas de VIH-SIDA en el mundo.
Estrategias
OMS para combatir las enfermedades crónicas no transmisibles.
En las categorías propuestas por la OMS la mayoría
de las enfermedades de esta lista son enfermedades no transmisibles (ENT),
actualmente las ENT representan el 43% de la carga mundial de
morbilidad. Según estimaciones de la propia organización se calcula que para el año 2020 esta cifra
alcanzará el 60% y que esas dolencias serán la causa de un 73% de las muertes.
La mayor parte de ese incremento se deberá a epidemias emergentes de
enfermedades no transmisibles en los países en desarrollo.
La
iniciativa de "Vigilancia mundial de los factores de riesgo de ENT"
de la OMS constituye una alternativa viable para conocer los factores de riesgo
de estas enfermedades para poder priorizarlas y de esta manera contener y
combatir la creciente tendencia a padecer estas enfermedades. Con ella se prevé
encontrar los factores de riesgo más comunes vigilando a los estados
pertenecientes a la OMS y así facilitar la implementación de medidas
preventivas en materia de salud pública
ESTRATEGIAS OPS
La
Organización panamericana de salud tiene como objetivo adaptar las diferentes
estrategias metodológicas propuestas por la OMS hacia los países que la
conforman, además se encarga de reunir a un grupo de expertos que generan nuevas
propuestas que son empleadas únicamente en la región abarcada por esta
organización. De las reuniones efectuadas en años anteriores se construyó un
grupo de Grupo
Interamericano de Trabajo sobre las Enfermedades no Transmisibles
ESTRATEGIAS DE LA OCDE Y FAO
En cuanto a
estas organizaciones son las encargadas de
generar indicadores de desarrollo que permitan a los gobiernos de los países
conocer hacia que necesidades deben priorizar la atención, esto también incluye
aspectos de salud, número de médicos, enfermeras o la cuantificación de
infraestructura, en el caso de la OCDE, o la pobreza alimentaria en las que se encuentra
la población si hablamos de la FAO. Es por ello que AMBAS juegan un papel
fundamental en los aspectos relacionados con la salud pública.
Referencias
CUADRO COMPARATIVO IMSS- ISSSTE
CUADRO COMPARATIVO IMSS- ISSSTE
LEY
IMSS-ISSSTE
El Instituto Mexicano del
Seguro Social (IMSS) y el El Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (ISSSTE) son
los principales regímenes de seguridad social en
México son los regulados por las Leyes del Seguro Social (LSS) y del Instituto
de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado (Ley del
ISSSTE). El primero comprende a todos los trabajadores que prestan un servicio
personal subordinado a una persona física o moral, mediante el pago de una
retribución y en el segundo se ubican todos aquellos trabajadores que lo hacen
para:
- Presidencia de la
República, las Dependencias y Entidades de la Administración Pública
Federal, incluyendo al propio ISSSTE
- Cámaras del Congreso de la Unión
(diputados, senadores y trabajadores de la Entidad de Fiscalización
Superior de la Federación)
- Poder Judicial de la Federación
8ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, magistrados,
jueces y consejeros del Consejo de la Judicatura Federal)
- Procuraduría General de
la República
- Órganos jurisdiccionales autónomos y los que
tienen autonomía por disposición constitucional el
Gobierno del DF
LEY IMSS
|
LEY ISSSTE
|
|
BASES DE COTIZACIÓN
|
El salario de cotización se integra con pagos hechos en efectivo gratificaciones,
percepciones, alimentación, habitación, primas, comisiones, prestaciones en
especie y cualquier otra cantidad o prestación que se entregue al trabajador
por su trabajo (art. 5-A, fracción XVIII LSS).
El límite superior, del IMSS es de 25 veces el salario mínimo general
del DF (arts. 28 LSS ).
|
Se toma en cuenta el sueldo básico de acuerdo con el tabulador
regional señalado para cada puesto (art. 17 Ley ISSSTE).
Para los trabajadores del Edo. El límite superior es de 10 veces el
salario mínimo mensual vigente en el DF (17 Ley ISSSTE).
|
PAGO DE CUOTAS Y
APORTACIONES
|
Las cuotas
obrero-patronales del IMSS se causan por mensualidades vencidas (Art. 39
LSS).
|
Las cuotas
obrero-patronales, aportaciones y descuentos de los trabajadores a la ley
ISSSTE es por quincenas vencidas (art.
21 Ley ISSSTE).
Las dependencias y
entidades sujetas a la Ley del ISSSTE deben cubrir intereses moratorios,
desde la fecha en que se hicieron exigibles, a razón de 1.25 veces la tasa de
los Certificados de la Tesorería de la Federación con vencimiento a 28 días.
|
COMPENSACIÓN DE PAGOS
HECHOS EN EXCESO
|
La figura de compensación no está permitida en el IMSS
|
La figura de la compensación sí está permitida para efectos del
ISSSTE sólo cuando las Dependencias y Entidades realicen el pago de cuotas y
aportaciones en exceso, excepto tratándose del Seguro de Retiro, Cesantía en
Edad Avanzada y Vejez pues el excedente no se puede revertir (art. 26 Ley
ISSSTE).
|
RÉGIMEN OBLIGATORIO
|
Los trabajadores inscritos
al IMSS y al ISSSTE están protegidos por un Régimen Obligatorio y otro
Voluntario, cuyas características más significativas son:
Seguro Social, los Seguros de: Enfermedades y Maternidad Riesgos de Trabajo Invalidez y Vida Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, y Guarderías y Prestaciones Sociales ISSSTE: Seguros de: Salud Riesgos de Trabajo Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, e Invalidez y Vida prestaciones y servicios de: préstamos: hipotecarios y financiamiento en general para vivienda personales ordinarios, especiales, para adquisición de bienes de consumo duradero y extraordinarios para damnificados por desastres naturales, y servicios sociales y culturales |
|
PRESTACIONES
|
En ambos regímenes se otorgan prestaciones similares, únicamente
cambian los nombres de los Seguros, es decir, el Seguro de Salud con que
cuentan los trabajadores al servicio del Estado protege las mismas
contingencias que el de Enfermedades y Maternidad de los inscritos en el IMSS
y, por otro lado, las prestaciones y servicios comprendidos en el Régimen
Obligatorio del ISSSTE son parecidos a los beneficios del Seguro de
Guarderías y Prestaciones Sociales con que cuentan los trabajadores inscritos
en el Seguro Social.
|
|
RÉGIMEN FINANCIERO
|
El financiamiento de las
prestaciones es en dinero y en especie tripartita.
Las cuotas son cubiertas
por el trabajador, patrón y Gobierno Federal
|
Las cuotas y aportaciones
son pagadas por el trabajador, la dependencia o entidad a la cual le preste
sus servicios y el Gobierno Federal.
|
CONSERVACIÓN DE DERECHOS
|
Cuando el trabajador inscrito al IMSS o al ISSSTE es dado de baja,
conserva sus derechos para efectos de atención médica durante las ocho
semanas o dos meses posteriores a la fecha de baja, respectivamente (arts.
109 LSS y 43 Ley ISSSTE).
|
|
PENSIONES
|
Para los trabajadores
sujetos a la LSS, el otorgamiento de las prestaciones se determina en función
de las semanas de cotización que tengan reconocidas frente al IMSS, para lo
cual se divide entre siete los días de cotización acumulados y si hay un
sobrante de más de tres se considera como una semana completa (art. 20 LSS).
|
El ISSSTE contempla
que las pensiones devengadas o futuras son inembargables y sólo pueden ser
afectadas para hacer efectiva la obligación de ministrar alimentos por
mandamiento judicial y para exigir el pago de adeudos con el Instituto (art.
51 Ley ISSSTE).
|
SEGURO DE RIESGOS DE
TRABAJO
|
En las dos legislaciones se protege al trabajador víctima de un
accidente o enfermedad con motivo o en ejercicio de su trabajo.
|
|
Para el IMSS, el siniestro
sufrido por el trabajador en las circunstancias señaladas, sólo es
considerado accidente en trayecto, por virtud del Acuerdo del Consejo Técnico
número 8 498/81 del 2 de septiembre de 1981.
|
Para efectos de la Ley del
ISSSTE también se considera accidente de trabajo el ocurrido al colaborador
al trasladarse directamente de su domicilio o de la estancia de bienestar
infantil de sus hijos, al lugar en que desempeñe su trabajo o viceversa (art.
56 Ley ISSSTE).
|
|
SEGURO DE RETIRO,
CESANTÍA EN EDAD AVANZADA Y VEJEZ
|
Los inscritos en el ISSSTE tienen derecho a contar con una cuenta
individual operada por una Administradora de Fondos para el Retiro (Afore)
|
Los inscritos en el ISSSTE tienen derecho a contar con una cuenta
individual operada por el
PENSIONISSSTE.
|
Dicha cuenta individual
para los trabajadores al servicio del Estado está integrada por las subcuentas
de:
Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez Fondo de la Vivienda Ahorro solidario Aportaciones complementarias de retiro Aportaciones voluntarias y de ahorro a largo plazo En correlación con el numeral 74-Bis de la Ley de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, el artículo 76 de la Ley del ISSSTE prevé que cuando los trabajadores coticen de manera simultánea o sucesivamente a dicho Instituto y al IMSS, deben acumular los recursos del Seguro de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de ambos regímenes en una misma cuenta individual, sin perjuicio de que se identifiquen por separado mediante subcuentas. |
||
REINGRESO AL RÉGIMEN
OBLIGATORIO
|
No existe impedimento para que un trabajador pensionado por cesantía
en edad avanzada o vejez reingrese al Régimen Obligatorio del Seguro Social o
del ISSSTE, sino por lo contrario, se precisa que abrirán una nueva cuenta
individual en la Afore que elijan o en el propio PENSIONISSSTE, a fin de que
las aportaciones efectuadas a la nueva cuenta incrementen el monto de la
renta vitalicia o de los retiros programados a que tiene derecho el
trabajador pensionado (arts. 79 Ley ISSSTE y 196 LSS).
|
|
SEGURO DE RETIRO
ANTICIPADO
|
Los trabajadores afiliados
al IMSS o al ISSSTE pueden recibir sus recursos del Seguro de Retiro antes de
cumplir las edades y los tiempos de cotización exigidos para el otorgamiento
de las pensiones por cesantía en edad avanzada y vejez, siempre y cuando la
pensión calculada en el sistema de renta vitalicia sea superior en más del
30% a la pensión garantizada, una vez cubierta la prima del Seguro de
Sobrevivencia para sus familiares (art. 80 Ley ISSSTE y 158 LSS).
|
|
AYUDA POR DESEMPLEO
|
Los trabajadores del IMSS,
tienen derecho a recibir una ayuda por desempleo con cargo a la
subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez de su cuenta
individual.
El importe que recibirán será el que resulte menor entre 75 días de su SBC (IMSS) (191 LSS). |
Los afiliados al ISSSTE tienen derecho a recibir una ayuda por
desempleo con cargo a la subcuenta de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y
Vejez de su cuenta individual.
El importe que recibirán será del sueldo básico de los últimos cinco años y el 10% del saldo de la propia subcuenta a partir del día 46, (arts. 82 de la Ley ISSSTE ). |
SEGURO DE SOBREVIVENCIA
|
Tanto los trabajadores
afiliados al ISSSTE como al IMSS tienen derecho a contratar un Seguro de
Sobrevivencia con cargo al saldo de su cuenta individual a favor de sus
beneficiarios (arts. 159, fracción VI LSS y 81 Ley ISSSTE).
|
|
PENSIÓN POR CESANTÍA EN
EDAD AVANZADA
|
Los requisitos que debe reunir el trabajador afiliado al ISSSTE son
básicamente los mismos exigidos en la LSS, esto es, para tener derecho al
otorgamiento de una pensión por cesantía en edad avanzada el interesado debe
tener 60 años de edad, 25 años de cotización reconocidos ante el Instituto y
estar privado de una relación laboral (arts. 84 Ley ISSSTE y 154 LSS).
|
|
PENSIÓN POR VEJEZ
|
Tanto los trabajadores del
Seguro Social como los trabajadores al servicio del Estado, deberán tener 65
años de edad y 25 años de cotización reconocidos ante el ISSSTE a efecto de
que puedan solicitar y recibir su pensión por vejez (arts. 89 Ley ISSSTE y
162 LSS).
Las opciones para recibir el pago de la pensión en comento son las mismas para los trabajadores sujetos a cualquiera de los dos regímenes en los términos señalados anteriormente (arts. 164 LSS y 91 Ley ISSSTE). |
|
PENSIÓN GARANTIZADA
|
Los trabajadores afiliados al IMSS o al ISSSTE cuentan con la
posibilidad de recibir una pensión mínima garantizada, cuando cuenten con los
requisitos señalados para obtener la pensión por cesantía en edad avanzada o
vejez, misma que para efectos del Seguro Social será el equivalente a un
salario mínimo mensual vigente en el DF en julio de 1997 actualizado y tratándose
del ISSSTE de $3,034.20, cantidades que se actualizarán en el mes de febrero,
conforme al cambio anualizado del Índice Nacional de Precios al Consumidor
(arts. 92 Ley ISSSTE y 170 LSS).
|
|
CUENTA INDIVIDUAL
|
Una diferencia importante
entre las cuentas individuales de los trabajadores del IMSS y aquellos
afiliados al IMSS es la Subcuenta del Ahorro Solidario para el incremento de
las pensiones de los primeros.
En esta, se depositan los descuentos autorizados por los mismos trabajadores hasta por el 2% de su sueldo básico; y las cantidades que por ello están obligadas a enterar las dependencias o entidades en las que presten sus servicios son de $3.25 por cada peso ahorrado por sus trabajadores, con un tope máximo del 6.5% del sueldo básico (art. 100 Ley ISSSTE). |
|
PENSIONISSSTE
|
En el Fondo Nacional de Pensiones del ISSSTE que tiene a su cargo la
administración de las cuentas individuales de éstos y la inversión de los
recursos de esas cuentas, con excepción de los de la Subcuenta del Fondo de
la Vivienda (arts. 103 y 104 Ley ISSSTE).
|
|
SEGURO DE INVALIDEZ Y
VIDA
|
Tanto el IMSS como el
ISSSTE exigen que aquél esté imposibilitado para procurarse mediante un
trabajo igual una remuneración superior a su remuneración habitual percibida
durante el último año de trabajo y que dicha imposibilidad derive de un
accidente o enfermedad que no constituya un riesgo de trabajo (arts. 118 Ley
ISSSTE y 119 LSS).
Las prestaciones en dinero y especie otorgadas por ambos Institutos de Seguridad Social son similares. |
|
PENSIÓN POR MUERTE
|
Los beneficios en dinero y especie proporcionados por el IMSS e ISSSTE
a los familiares de sus derechohabientes tras la muerte de éstos son
similares, siempre y cuando el fallecido hubiese cotizado 150 semanas en el
primer caso y tres años o más en el segundo (arts. 128 LSS y 129 Ley ISSSTE).
|
|
ASISTENCIA MÉDICA
|
La atención médica a que
tengan derecho los pensionados por el Seguro de Retiro, Cesantía en Edad
Avanzada y Vejez que hubiesen cotizado al ISSSTE y al IMSS se prestará
siempre y cuando cuenten con más de 15 años de cotización en alguno de los
dos Institutos o 24 años en conjunto (art. 142 Ley ISSSTE).
|
|
ACUMULACIÓN DE PERIÓDOS
DE COTIZACIÓN
|
Los trabajadores que lleguen a la edad de obtener una pensión por
cesantía en edad avanzada o vejez (60 ó 65 años) podrán transferir sus
períodos de cotización no simultáneos al IMSS y al ISSSTE, a efecto de
cumplir con los años de cotización requeridos (art. 145 Ley ISSSTE).
|
|
INCREMENTO DE LA PENSIÓN
|
Los trabajadores que tengan
derecho a pensionarse bajo los supuestos del Seguro del Retiro, Cesantía en
Edad Avanzada y Vejez previsto en la Ley y que a su vez coticen conforme al
Régimen Obligatorio del Seguro Social, pueden continuar haciéndolo en este
último y al año, en el mismo mes en que adquirió el derecho a la pensión,
podrán transferir el saldo acumulado de su cuenta individual a la aseguradora
que les estuviese pagando la renta vitalicia, al PENSIONISSSTE o a la Afore
que les estuviese pagando sus retiros programados. (art. 146 Ley ISSSTE).
|
|
PENSIÓN GARANTIZADA
|
En caso de trabajadores que se encuentren cotizando en otra
institución y que hubiesen transferido al mismo los derechos de sus semanas
de cotización cubiertas en el IMSS y que en total reúnan 25 años de
cotización recibirán la pensión garantizada prevista en la LSS .
|
Para obtener esta pensión la Ley del ISSSTE exige que el trabajador
cuente con un mínimo de 25 años cotizados reconocidos en el
ISSSTE. (art. 144, tercer párrafo Ley ISSSTE).
|
SISTEMA INTEGRAL DE
CRÉDITO
|
Infonavit para los
derechohabientes del IMSS
|
Los trabajadores tienen derecho a solicitar préstamos
personales e hipotecarios. Los primeros se otorgan a los trabajadores que
cumplan los requisitos de antigüedad establecidos en la Ley del ISSSTE,
mientras que los segundos son proporcionados por el Fondo de la Vivienda del
ISSSTE (FOVISSSTE)
|
RÉGIMEN VOLUNTARIO
|
Los derechohabientes del ISSSTE así como los del IMSS tienen derecho a
continuar o afiliarse voluntariamente en el Régimen Obligatorio del régimen
respectivo, bajo las directrices establecidas en las Leyes de la materia.
|
|
CONTINUACIÓN VOLUNTARIA
|
Para solicitar la
inscripción al Régimen Obligatorio del IMSS los derechohabientes cuentan con
cinco años siguientes a la fecha de la baja del solicitante (arts. 200 Ley
ISSSTE y 219 LSS).
|
Los trabajadores inscritos
al ISSSTE, que causen baja podrán solicitar su continuación voluntaria en el
mismo, en todos o en algunos Seguros del Régimen Obligatorio, excepto en el
de Riesgos de Trabajo, para lo cual deberá pagar íntegramente las cuotas y
aportaciones respectivas (art. 200 Ley ISSSTE).
|
INCORPORACIÓN VOLUNTARIA
|
El IMSS puede aceptar la incorporación voluntaria de los trabajadores
en industrias familiares e independientes, profesionales, comerciantes en
pequeño, artesanos y demás trabajadores no asalariados, trabajadores
domésticos, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, patrones
personas físicas con trabajadores asegurados a su servicio y trabajadores al
servicio de administraciones públicas de la Federación, entidades federativas
y municipios .
|
El ISSSTE puede celebrar convenios con los gobiernos de las entidades
federativas o de los municipios y sus dependencias y entidades, para que sus
trabajadores y familiares derechohabientes reciban los seguros, prestaciones
y servicios del Régimen Obligatorio de dicho Instituto (arts. 13 LSS y 204
Ley ISSSTE).
|
Referencias
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